Consultorio
Productos, en foco
 

Responde hoy: Natalia Pereyra

Despachante de Aduana y directiva de la Asociación de Importadores y Exportadores de la República Argentina.


José Sánchez Alos
Lector

Dado que el miércoles 07/6/02 tenemos la visita de un importador, y necesitamos dar una respuesta a su necesidad de importar con plazo a 180 días de fecha de B/L, quisiéramos saber los requisitos para la exportación de pasas de uva, posición arancelaria 0806.20.00.

Debemos informarle que para la exportación de pasas de uva, posición arancelaria: 0806.20.00,el Decreto 690/02, publicadoen el Boletín Oficial de fecha 2/5/02indica que "los exportadores deberán ingresar al sistema financiero los fondos provenientes de las operaciones de exportación dentro de los 120 días corridos contados a partir de la fecha en que se haya efectivizado el embarque". De allí que deberá informarle al importador esta situación para pactarel plazo de pago. El derecho de exportación es del 5% sobre el valor FOB. Esta mercadería tiene otorgado un reintegro del 6% para la mercadería exportadaen envases inmediatos de contenido neto inferior o igual a 2,5 kg; un 4,5 % para las mercaderías exportadas en envases inmediatos de contenido neto superior a 2,5 kg. e inferior o igual a 20 kg y un 2,7% para los demás (a granel).


Daniel Planes
Lector

¿Cuáles son los requisitos para la importación de plantines de otros países de América latina?

El principal requisito para la importación de plantines es la intervención delInstituto Argentino de Sanidad y Calidad Vegetal (Iascav), pero deberá indicarnos a qué plantines se refiere porque existen ciertas prohibiciones, como por ejemplo a los vegetales que tengan adherida tierra en sus raíces, como asimismo plantas en macetas o en panes de tierras, bulbos y tubérculos con tierra adherida; tierras vegetales solas o mezclas de estas con otros elementos. (Res.SAGP 403/83, art.1º) y ademáshabrá que determinar si depende de las especies de la Fauna y Flora Silvestres.


Max Seifert
Lector

A un cliente de Chile le vendimos productos con letras. La factura, de junio 2001, fue a 90 días y aún no pudimos cobrarla. Quisiéramos saber cómo proceder legalmente.

Los exportadores se aseguran el cobro de las mercaderías vendidas al exterior por medio de la carta de crédito. Es cierto que encarece el costo de la operación, pero de esa manera se puede operar tranquilamente con el exterior. En este caso es conveniente que consulte a un abogado especialista en cobranzas internacionales que le indicará cómo proceder.


LA NACION | 04/06/2002 | Página | Comercio Exterior


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