Consultorio
Pesos, dólares y reales

Responde hoy:
Natalia Pereyra

despachante de Aduana y directiva de Aiera


Osvaldo Morales
Gerente de Fobrasa San Pablo, Brasil

Somos una empresa brasileña que vende equipamiento para industrias metalúrgicas en general. Quisiéramos comprar equipos usados de industrias argentinas e importarlos a Brasil. Solicito que nos informen si tenemos realmente posibilidad de concretarlo y qué camino debiéramos tomar.

Para exportar maquinaria usada no existe ninguna restricción, se deben cumplir con las mismas reglamentaciones que para mercadería nueva, solamente se pierde el derecho al cobro de reintegros impositivos. Se debe ingresar la divisa de la operación dentro de los plazos establecidos por el Banco Central y se debe realizar el pago de los gravámenes. La Aduana puede exigir al exportador comprobantes de compra de la maquinaria y/o certificaciones que acrediten el valor FOB de la misma que puede ocasionar controversias.


Marilina Bartoli
Lectora

Si quiero exportar como monotributista, ¿tengo menos preferencias "impositivas" que los demás (responsables inscriptos en el IVA)? ¿Qué sucede con los reintegros y la devolución del IVA?

En la condición de inscripto como monotributista usted está inhibido de emitir la factura "E" para realizar exportaciones, como también de emitir otras facturas que no sean "C". Si usted quiere realizar exportaciones, percibir el reintegro, solicitar la devolución de IVA y emitir factura "E" deberá ser Responsable Inscripto.


Guillermo Pérez
Diagnósticos Vegetales, Mar del Plata

Estamos realizando exportaciones de semillas a Brasil. Nuestro principal cliente nos propone realizar la facturación en reales o pesos argentinos por temor al riesgo cambiario y las dificultades que tienen en Brasil para la compra de dólares. ¿Es posible una operación de este tipo?¿La liquidación de divisas puede hacerse en otras monedas que no sean dólares?

Desde el punto de vista aduanero es posible realizar permisos de embarque en dólares o en la moneda del país de destino, el problema surge al querer realizar el pago por vía bancaria, pues los mismos no tienen posición en estas divisas, por lo que terminan arbitrando la operación vía Nueva York en dólares. Además, si la operación se hace con carta de crédito es obligatorio liquidarla por el Dólar Convenio según los establece la ALADI.


LA NACION | 05/11/2002 | Página 09 | Comercio Exterior


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